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En esta sección encontrarás información sobre los trámites más habituales relacionados con el suministro eléctrico en nuestra zona de distribución.
La acometida es la conexión que une la red de distribución eléctrica con la instalación de un cliente. Es necesaria para poder suministrar energía a una vivienda, local, nave o cualquier otro inmueble cuando no existe un punto de suministro previo.
Debe solicitar una acometida, entre otros casos, cuando:
※ Nota: si el inmueble ya ha tenido suministro eléctrico anteriormente, es posible que no sea necesario solicitar una nueva acometida. Contacte con nosotros para comprobar su situación.
Para poder estudiar su solicitud deberá hacernos llegar, a través del portal del consumidor o del correo gestiones@electricadealbergueria.com, la siguiente información:
Una vez recibida su solicitud:
IMPORTANTE: la ejecución de una acometida no implica la contratación automática del suministro eléctrico. Una vez finalizados los trabajos deberá formalizar el contrato con la comercializadora de su elección para que pueda ponerse en servicio el suministro.
La potencia contratada es la cantidad máxima de electricidad que una vivienda puede utilizar de manera simultanea. Si la demanda supera la potencia contratada, puede producirse la actuación del limitador de potencia interrumpiendo el suministro temporalmente.
Aumentar la potencia puede ser conveniente cuando:
La modificación de la potencia contratada debe solicitarse a la comercializadora con la que tenga contratado el suministro, que será la encargada de tramitar la solicitud con la distribuidora.
Para agilizar el proceso debe enviarnos el Certificado de Instalación eléctrica (CIE) a gestiones@electricadealbergueria.com, de cara a que confirmemos la capacidad de la instalación para soportar la nueva potencia solicitada.
El aumento de potencia puede conllevar el pago de los derechos y costes establecidos por la normativa vigente, en proporción a la variación de potencia solicitada.
Para reducir la potencia de tu suministro no es necesario que realices ningún trámite con nosotros. Podrás solicitarlo directamente a tu comercializadora.
Este trámite se realiza directamente con tu comercializadora actual, sin que la distribuidora intervenga.
Ten en cuenta que tu comercializadora te solicitara información tanto del nuevo titular como del anterior. Pueden también exigir, según el caso, alguna documentación adicional (contrato de arrendamiento, escritura de la vivienda...)
Este trámite se realiza directamente con la comercializadora a la que quieras cambiarte, sin que la distribuidora intervenga.